Pedro Rotger SegurosAgente Exclusivo de Seguros

Qué cubre un seguro de hogar y qué suele quedar fuera

Mucha gente contrata el seguro de hogar una vez y no vuelve a mirarlo hasta que pasa algo. Es justo entonces cuando aparecen las sorpresas. Estas son las ideas básicas para entender qué estás contratando.

Continente y contenido: dos cosas distintas

  • Continente: la propia vivienda. Paredes, suelos, techos, instalaciones fijas de agua, luz y gas, y también elementos como puertas, ventanas o una terraza, según la póliza.
  • Contenido: lo que hay dentro. Muebles, electrodomésticos, ropa, aparatos electrónicos y, con límites, objetos de valor.

Si eres propietario, normalmente interesa asegurar ambos. Si vives de alquiler, suele bastar con el contenido y la responsabilidad civil, salvo que el contrato de alquiler diga otra cosa.

Lo que suele estar cubierto

Cada póliza es distinta, pero estas coberturas son habituales:

  • Incendio, explosión y rayo.
  • Daños por agua, por ejemplo por la rotura de una tubería.
  • Robo y actos vandálicos, con condiciones sobre cerraduras, puertas o alarmas.
  • Fenómenos atmosféricos, como viento fuerte, lluvia o pedrisco, dentro de los límites que fije la póliza.
  • Responsabilidad civil: si causas un daño a un tercero sin querer, por ejemplo una fuga que moja el piso de tu vecino.
  • Rotura de cristales y, a veces, asistencia en el hogar (cerrajero, fontanero, electricista de urgencia).

Lo que suele quedar fuera

  • Desgaste y falta de mantenimiento. Una tubería que lleva años deteriorada o una humedad por goteo continuo suelen estar excluidas o limitadas.
  • Objetos de valor por encima del límite pactado, como joyas, obras de arte o colecciones, si no se han declarado.
  • Daños intencionados del propio asegurado.
  • Daños por inundación, terremoto u otros eventos extraordinarios: en España los cubre el Consorcio de Compensación de Seguros cuando la póliza incluye esa cobertura, con sus propias condiciones.
  • Franquicia: una parte del daño que corre de tu cuenta, si la póliza la establece.

Tres situaciones que conviene declarar

  1. Vivienda vacía durante parte del año.
  2. Alquiler vacacional o por habitaciones. Si no se declara, puede que la póliza no responda.
  3. Reformas importantes o ampliaciones, que cambian el valor de la casa.

Qué revisar antes de firmar

Lee las condiciones particulares (donde están tus datos, los capitales y las franquicias) y las exclusiones. Comprueba que el valor asegurado de la casa y del contenido sea el correcto: es un punto que tiene más consecuencias de lo que parece, y del que hablaré en un próximo artículo.

Si tienes dudas, cuéntamelas y las vemos juntos.

Información de carácter general. Las coberturas, exclusiones y condiciones dependen de cada póliza y de la aseguradora: consulta siempre el contrato.

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